¿Qué puedo hacer si estoy en desacuerdo con la resolución de respuesta a mi reclamo?

Contra lo resuelto por SURVIAL. El Usuario podrá interponer recursos de reconsideración y/o Apelación, cuyos procedimientos y requisitos son los siguientes:


• Recurso de reconsideración:
Contra lo resuelto por SURVIAL, el Usuario reclamante podrá interponer un recurso de reconsideración dentro de los (15) días hábiles siguientes de notificada la resolución que se recurre. El recurso de reconsideración será presentado y resuelto por la Gerencia General de SURVIAL y deberá sustentarse en nueva prueba. Este recurso es opcional y su no interposición no impide que el Usuario interponga en recurso de apelación correspondiente.

SURVIAL deberá pronunciarse en el plazo máximo quince (15) días hábiles contados a partir de su admisión a trámite. En caso, SURVIAL omitiese pronunciarse sobre el recurso de reconsideración dentro de dicho plazo, aplicará el silencio administrativo positivo. Consecuentemente, el usuario reclamante podrá interponer recurso de apelación.

 

• Recurso de apelación:
Procede la apelación cuando la impugnación se sustente en una diferente interpretación de las pruebas producidas; cuando se trate de cuestiones de puro derecho; se sustente en una nulidad; o, cuando teniendo una nueva prueba, no se opte por el recurso de reconsideración.

El recurso de apelación deberá interponerse ante la Gerencia General de SURVIAL en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de notificada la resolución recurrida o de aplicado el silencio administrativo.
En caso el Usuario presente un recurso de apelación, SURVIAL deberá elevar el expediente al Tribunal de Solución de Controversias del OSITRAN en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de su presentación, quien finalmente resuelve el recurso de apelación.